Modelo Acuerdo Trabajo a Distancia o Acuerdo Teletrabajo (Actualizado 2025)
26,00 € El precio original era: 26,00 €.9,99 €El precio actual es: 9,99 €.
Características
Sobre la plantilla
Todas las empresas españolas que ofrezcan a sus empleados la posibilidad de trabajar de forma regular en modalidad de teletrabajo deben firmar por escrito un acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo.
El incumplimiento de esta obligación podría acarrear graves sanciones para las empresas.
Dicho acuerdo debe establecer las condiciones laborales y los recursos necesarios para garantizar la efectividad del trabajo, incluyendo la duración de las jornadas y los métodos de supervisión y control.
Cláusulas que incluye
- Objeto
- Inventario de medios, equipos y herramientas
- Vida útil o período máximo para la renovación del material de empresa
- Lugar de trabajo
- Duración
- Plazo de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad
- Horario de trabajo
- Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y a distancia
- Gastos
- Centro de trabajo de la empresa
- Dificultades técnicas
- Protección de datos
- Seguridad de la información
- Medidas de vigilancia y control
- Confidencialidad
- Derecho a la desconexión digital
Otros detalles
Formato
Microsoft Word
Tiempo para rellenarlo
5 minutos
Número de descargas
+5000
¿Por qué elegir Legalit.es?
✅ Experiencia profesional: Nuestros modelos están desarrollados por abogados especializados, garantizando su conformidad legal.
✅ Personalización sencilla: Plantillas fáciles de adaptar a tus circunstancias específicas.
✅ Ahorro de tiempo: Evita redactar desde cero utilizando nuestros modelos como base.
✅ Entrega inmediata: Descarga instantánea de documentos tras el pago.
✅ Actualizaciones constantes: Mantenemos nuestros documentos al día con la legislación vigente.
✅ Opciones de pago seguras: Múltiples métodos de pago confiables disponibles.
Acceso Inmediato a la Plantilla
- Posibilidad de Asesoramiento Personalizado por Abogados
- Plantilla Descargable y Modificable
- Pagos Seguros
Quizás pueda interesarte...
26,00 € El precio original era: 26,00 €.9,99 €El precio actual es: 9,99 €.
1. La nueva Ley del Teletrabajo
Con el paso de los años, el teletrabajo se ha vuelto cada vez más común debido al avance de las tecnologías de la información y a la creciente necesidad de conciliación y flexibilidad laboral. ✅ El teletrabajo ofrece diversas ventajas, como la reducción de costos de transporte y tiempo, una mayor productividad y calidad de vida para los trabajadores, así como la posibilidad de acceder y encontrar talento en cualquier parte del mundo sin necesidad de desplazamientos. Además, otra gran ventaja es que en el teletrabajo, los empleados tienen la flexibilidad de llevar a cabo sus tareas desde su hogar, un espacio de coworking, una cafetería u otro lugar que les permita tener acceso a internet y realizar sus labores de manera efectiva. El incremento notable del teletrabajo ha generado una creciente necesidad de regular esta cuestión, razón por la cual se ha implementado recientemente la Ley de Teletrabajo. Esta nueva legislación ha introducido nuevas obligaciones y responsabilidades para las empresas. Una de las principales novedades de esta ley radica en la imposición de sanciones más rigurosas a aquellas empresas que no cumplan con la obligación de establecer un acuerdo de teletrabajo de acuerdo con la legislación vigente.1.1. ¿A quién le es aplicable la nueva Ley del Teletrabajo?
✅ Esta legislación irá dirigida a aquellas empresas que cuenten con trabajadores incluidos en el Régimen General, y que al menos el 30% de su jornada laboral se lleve a cabo a distancia, dentro de un período de referencia de 3 meses o el porcentaje equivalente según la duración del contrato. ❗ Además, los trabajadores menores de 18 años, con contratos de prácticas y contratos de formación en alternancia, que anteriormente estaban excluidos de esta modalidad, ahora pueden teletrabajar si al menos el 50% de su jornada laboral es presencial.1.2. Diferencias entre el teletrabajo y el trabajo a distancia
El trabajo a distancia y el teletrabajo son términos que a menudo se utilizan de manera similar, pero existen algunas diferencias sutiles entre ambos. El trabajo a distancia es un concepto más amplio que engloba cualquier tipo de trabajo que no se realiza en una ubicación física específica, como una oficina. Esto puede incluir trabajar desde casa, en espacios de coworking o en centros de negocios. Es decir, el teletrabajo se refiere específicamente al trabajo que se realiza de forma remota utilizando las TIC, como internet, correo electrónico y videoconferencias. En cambio, el trabajo a distancia no necesariamente implica el uso de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) para conectarse con el lugar de trabajo. ❗ En resumen, el trabajo a distancia es un término más amplio que abarca cualquier tipo de trabajo que no se realice en la oficina tradicional, mientras que el teletrabajo es un tipo específico de trabajo a distancia que se apoya en las TIC para conectarse con el entorno laboral.1.3. Igualdad de trato y la no discriminación para los trabajadores a distancia
❗ Aquellos que desempeñan sus labores de manera remota deben recibir los mismos derechos, condiciones laborales, remuneración, oportunidades de promoción y opciones de conciliación que el personal que trabaja en el lugar de trabajo, a excepción de aquellas condiciones inherentes a la presencia física. Es importante destacar que, aunque se implemente el trabajo a distancia, no se podrán modificar las condiciones acordadas, especialmente en lo referente a la jornada laboral y el salario. Asimismo, los complementos salariales deben tener en cuenta los factores propios del trabajo a distancia, evitando así penalizar a estos trabajadores. Además, resulta fundamental implementar medidas para prevenir el acoso sexual u otras formas de discriminación y el acoso laboral.1.4. ¿Qué trabajadores tienen acceso prioritario al teletrabajo o trabajo a distancia?
Existen ciertos trabajadores que tienen prioridad para acceder al teletrabajo, entre ellos:- Trabajadores que necesitan conciliar su vida profesional y personal, según lo establecido en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.
- Trabajadoras que necesitan ejercer su derecho a la lactancia natural.
- Trabajadores víctimas de violencia de género y de terrorismo.
1.5. ¿Es posible modificar el trabajo a distancia o el porcentaje de presencialidad?
El trabajador a distancia tiene la posibilidad de cambiar a trabajo presencial o ajustar el porcentaje de trabajo presencial de manera voluntaria. La decisión de teletrabajar es voluntaria y reversible tanto para el trabajador como para la empresa. Sin embargo, es necesario comunicar la solicitud dentro del plazo establecido en el acuerdo correspondiente. Es importante destacar que la Ley de Teletrabajo otorga prioridad al trabajador a distancia para ocupar vacantes que surjan en la modalidad presencial. ❗ No adaptarse al teletrabajo, negarse a cambiar a la modalidad a distancia o solicitar la reversión del teletrabajo no serán motivos válidos para un despido.1.6. Derechos que tienen los trabajadores a distancia según la Ley de Teletrabajo
Estos derechos incluyen:- Derecho a la formación: Garantizando el acceso igualitario a la formación necesaria para el teletrabajo, sin sufrir perjuicio en sus condiciones laborales.
- Derecho a la promoción profesional: Recibiendo información por escrito sobre oportunidades de promoción, incluso si son presenciales.
- Derecho a recibir los medios necesarios: Proporcionando los equipos requeridos según el inventario del Acuerdo de teletrabajo.
- Derecho a la compensación de gastos: Siendo compensados por los gastos directos relacionados con los equipos y medios necesarios para su actividad laboral, según lo establecido en el convenio colectivo.
- Derecho a un horario flexible: Pudiendo ajustar el horario de trabajo dentro de los límites acordados en el Acuerdo de teletrabajo, respetando las normativas laborales y de descanso.
- Derecho al registro horario: Garantizando un sistema de registro que registre el inicio y fin de la jornada, tramos de actividad, activación de equipos, preparación de tareas, siempre respetando la flexibilidad horaria y con medidas de vigilancia que respeten la dignidad del trabajador.
- Derecho a la prevención de riesgos laborales: Evaluando los riesgos del puesto, incluyendo tiempo de disponibilidad, descansos y desconexiones, y tomando las medidas necesarias para prevenirlos.
- Derecho a la intimidad y protección de datos: Respetando los derechos del trabajador en el uso de medios telemáticos, sin exigir la instalación de programas en dispositivos personales ni el uso de dichos dispositivos para el teletrabajo, pudiendo ser desarrollado en la negociación colectiva.
- Derecho a la desconexión digital: Garantizando el derecho a la desconexión fuera del horario de trabajo, limitando el uso de medios de comunicación empresarial durante el descanso y respetando la duración máxima de la jornada, pudiendo ser regulado en el convenio colectivo.
- Derechos colectivos: Asegurando el acceso a la comunicación con los representantes de los trabajadores y participación en actividades organizadas por ellos, así como los derechos de naturaleza colectiva, proporcionando los medios necesarios por parte de la empresa.
1.7. La empresa está obligada a cubrir los gastos relacionados con el teletrabajo
Los trabajadores a distancia tienen derecho a recibir los medios necesarios para llevar a cabo su trabajo, así como a recibir asistencia en caso de dificultades técnicas. De acuerdo con el artículo 12 de la Ley de Teletrabajo, la empresa debe asumir o compensar los gastos derivados del teletrabajo. ❗ El teletrabajo no puede implicar que el trabajador asuma los costos de las herramientas necesarias para su actividad laboral. En el convenio colectivo se pueden establecer los mecanismos para compensar estos gastos.1.8. ¿Qué ocurre si durante el teletrabajo se produce un corte de luz o de Internet?
➡️ Según la jurisprudencia de la Audiencia Nacional en relación con la Ley del Trabajo a Distancia, si se produce un incidente en los equipos necesarios para el teletrabajo y la causa no es imputable al empleador, éste no será responsable.
La Audiencia Nacional establece que es responsabilidad de la empresa proporcionar los recursos necesarios para que los empleados puedan llevar a cabo sus actividades laborales. Por lo tanto, si se produce una interrupción en el servicio de Internet, los trabajadores en modalidad de teletrabajo no están obligados a realizar sus tareas en otro momento, al igual que los empleados que trabajan de forma presencial. No se requerirá recuperar el tiempo perdido ni se realizarán descuentos en el salario. No obstante, los trabajadores deberán proporcionar un comprobante emitido por la empresa proveedora de luz o Internet, en el que se indique la fecha y duración del incidente.2. El acuerdo de trabajo a distancia
2.1. ¿Qué es un acuerdo de trabajo a distancia?
Tanto la empresa como el trabajador deben acordar el trabajo a distancia de forma voluntaria, sin poder obligar a ninguna de las partes a adoptarla, incluso si una de ellas lo desea. Una vez que ambas partes hayan llegado a un acuerdo sobre esta modalidad de trabajo, se deberá de firmar un acuerdo de trabajo a distancia, el cual se trata de un documento que acompaña al contrato laboral y establece los términos y condiciones para llevar a cabo el trabajo a distancia en una empresa. Este acuerdo debe realizarse por escrito, ya sea en el contrato inicial o en un documento posterior (Anexo), antes de que comience el trabajo a distancia. ➡️ En España, el acuerdo de teletrabajo es obligatorio desde septiembre de 2021. Todas las empresas españolas que ofrecen a sus empleados la posibilidad de trabajar de forma regular en modalidad de teletrabajo deben firmar un acuerdo que establezca las condiciones laborales y los recursos necesarios para realizar el trabajo de manera efectiva, incluyendo la duración de las jornadas y los métodos de supervisión y control del trabajo.2.2. ¿Es posible formalizar el acuerdo de teletrabajo de forma verbal?
No, el acuerdo de teletrabajo debe ser siempre formalizado por escrito. Así lo establece el artículo 6 de la Ley 10/2021. Además, la empresa está obligada a entregar una copia de todos los acuerdos de trabajo a distancia al representante legal de los trabajadores en un plazo máximo de 10 días, quien debe firmar para dejar constancia de la entrega. Posteriormente, es obligatorio enviar una copia básica del acuerdo firmado a la oficina de empleo.2.3. ¿Cuándo es obligatorio firmar el acuerdo de teletrabajo?
❗ Según la Ley 10/2021, siempre que una persona vaya a trabajar desde casa, es necesario firmar de manera obligatoria un acuerdo de teletrabajo que cumpla con los requisitos legales. Como mencionamos previamente, el porcentaje mínimo de teletrabajo para que sea considerado trabajo a distancia es del 30% de la jornada total durante un período de 3 meses. En otras palabras, si un trabajador realiza al menos aproximadamente 2 días de teletrabajo a la semana, la empresa estaría obligada a firmar un acuerdo de teletrabajo.2.4. Elementos esenciales en un acuerdo de trabajo a distancia
El acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo debe incluir determinado contenido y obligaciones, tal como establecen los artículos 7 y 8 de la Ley de Teletrabajo. El acuerdo de teletrabajo debe contener obligatoriamente los siguientes elementos: ✅ Inventario del equipamiento necesario para el teletrabajo. ✅ Enumeración y cuantificación de los gastos del trabajador a distancia, así como el momento en que deben ser compensados, de acuerdo con lo establecido en el convenio correspondiente, si procede. ✅ Horario de trabajo y reglas de disponibilidad. ✅ Distribución entre el trabajo presencial y el trabajo a distancia. ✅ Centro de trabajo al que pertenece. ✅ Lugar desde donde se realizará el teletrabajo. ✅ Plazos de preaviso para ejercer situaciones de reversibilidad. ✅ Procedimiento en caso de dificultades técnicas que impidan el trabajo. ✅ Medios de control empresarial de la actividad, en caso de que existan. ✅ Duración del acuerdo. ✅ Instrucciones emitidas por la empresa, previa consulta con los representantes, para la protección de datos y la seguridad de la información específicas para el teletrabajo. Para facilitar este proceso, hemos creado un modelo de acuerdo de teletrabajo que puedes obtener accediendo a este enlace.2.5. ¿Cuáles son las sanciones por incumplir la Ley de Teletrabajo?
El incumplimiento de la obligación de formalizar por escrito el contrato de trabajo o de establecer un acuerdo de trabajo a distancia conforme a los términos de la normativa será considerado una infracción grave. ❗ Además, con la reciente actualización de las cuantías de las sanciones establecidas en el artículo 40 de la LISOS, las multas por no elaborar un acuerdo de teletrabajo de acuerdo con la legislación oscilan entre 751 y 225.018 euros, dependiendo de la gravedad de los hechos.Preguntas Frecuentes
Valoraciones
Buena plantilla para cumplir con la ley de teletrabajo online
Le doy cinco estrellas porque nos ha ahorrado bastante dinero y tiempo a la hora de poder adaptarnos a esta nueva forma de trabajo telemática que ha venido para quedarse sin duda.
El documento recibido nos ha servido de mucha ayuda porque nos ha sido fácil de entender, incluso sin ser expertos en derecho ni nada. Nos ha ayudado a establecer las bases de teletrabajo porque aborda todos los aspectos y matices esenciales de manera detallada y lo cubre todo.
Perfecto para los nuevos trabajos en remoto
Cada vez hay más trabajos en remoto y esta plantilla ha sido un salvavidas para nuestra empresa al facilitar enormemente la implementación del teletrabajo de acuerdo con las regulaciones. La claridad y la estructura de este modelo nos han ahorrado un tiempo valioso al redactar el acuerdo.
Gracias a la ayuda de vuestra abogada pudimos personalizar el acuerdo según nuestras necesidades específicas, así que gracias por ello.
El soporte al cliente ha sido excepcional, así que lo recomiendo totalmente para empresas que quieran facilitar el trabajar en remoto a sus empleados.
Deja tu opinión
¿Es Necesario un Abogado para Redactar Contratos o Escritos Legales?
¿Te has preguntado alguna vez si realmente necesitas un abogado para redactar un contrato o escrito legal? En Legalit.es, creemos firmemente que contar con asesoramiento legal profesional es fundamental para garantizar la solidez y eficacia de tus documentos legales. Los contratos y otros escritos legales son mucho más que simples documentos, son herramientas legales poderosas que definen derechos, obligaciones y expectativas entre las partes involucradas. Un contrato u otro escrito legal bien redactado puede prevenir malentendidos, proteger tus intereses y proporcionar claridad en caso de disputas. Aunque los acuerdos verbales pueden parecer suficientes en relaciones de confianza, la realidad es que pueden generar problemas significativos en el futuro. Un contrato escrito, redactado por profesionales, elimina ambigüedades y proporciona un marco legal sólido para tu acuerdo. En Legalit.es, ofrecemos un servicio personalizado de redacción de contratos y todo tipo de documentos legales, adaptados a tus necesidades específicas.¿Por Qué Elegir a Legalit.es para la Redacción de tus Contratos y Escritos Legales?
- Experiencia Legal Especializada: Nuestro equipo de abogados expertos garantiza que todo el contenido del documento en cuestión se ajuste a la legislación vigente y proteja tus intereses.
- Personalización: Cada documento elaborado por Legalit.es se adapta a tus necesidades específicas, evitando los riesgos asociados con plantillas genéricas o contratos «prefabricados».
- Ahorro de Tiempo y Recursos: Evita el estrés y los costos asociados con documentos mal redactados.
- Actualización Constante: Nos mantenemos al día con los cambios legales para asegurar que tus contratos o escritos legales cumplen siempre con la normativa más reciente.
Los Riesgos de No Contar con Asesoramiento Profesional
Recurrir a plantillas de internet o intentar redactar contratos o escritos legales sin experiencia profesional puede resultar en:- Cláusulas ambiguas o contradictorias.
- Omisión de aspectos legales cruciales.
- Inclusión involuntaria de términos abusivos o ilegales.
- Vulnerabilidad ante posibles disputas legales.