Modelo Solicitud Devolución Fianza Alquiler (Actualizado 2024)
26,00 € El precio original era: 26,00 €.17,00 €El precio actual es: 17,00 €.
Características
El arrendador tiene la obligación de devolver la fianza en su totalidad al inquilino cuando este último haya cumplido con todas sus obligaciones al finalizar el contrato. En general, la fianza debe ser devuelta si el inquilino ha realizado todos los pagos y no ha causado ningún daño atribuible a su responsabilidad.
En caso de que el arrendador no devuelva la fianza al inquilino sin una razón aparente, se recomienda encarecidamente que el inquilino envíe un burofax como reclamación formal solicitando la devolución de la fianza.
En esta página podrás descargar nuestro Modelo Solicitud Devolución Fianza Alquiler (Actualizado 2024) en formato Word, para que puedas personalizarlo según tus necesidades específicas y adaptarlo a tu caso particular.
Formato | Microsoft Word |
Tiempo para rellenarlo | 3 minutos |
Número de descargas | +620 |
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Tabla de Contenidos
Toggle¿Por qué deberías utilizar nuestro Modelo Solicitud Devolución Fianza Alquiler?
Ahorro de tiempo: Nuestro modelo de solicitud está listo para usar, lo que te permite ahorrar tiempo al no tener que redactarla desde cero. Estructura clara: El modelo proporciona una estructura clara y organizada para que puedas incluir toda la información necesaria de manera concisa. Cumplimiento legal: Nuestro modelo se basa en la legislación vigente, asegurando que cumplas con los requisitos legales al solicitar la devolución de la fianza de alquiler.1. La fianza en el alquiler
El artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos regula la fianza en los contratos de arrendamiento. Tanto los arrendamientos de vivienda como los de uso distinto a vivienda están sujetos a las disposiciones del título IV de la LAU, y el artículo 36 pertenece a ese título. ➡️ Curiosamente, ni el artículo 36 ni ningún otro artículo de la LAU especifican cuándo procede o no la devolución de la fianza. Es por ello que, con frecuencia, el inquilino debe solicitar por escrito al arrendador o propietario que le devuelva la fianza que entregó al inicio del contrato.2. Finalidad de la fianza
La fianza tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones del arrendatario, tanto las económicas como las relacionadas con el buen uso del inmueble arrendado. ❗ Aunque la Ley de Arrendamientos Urbanos no especifica cuándo procede o no la devolución de la fianza, los jueces han determinado que esta garantía cubre todas las obligaciones del inquilino. Por lo tanto, el inquilino no debe considerar que ha pagado las mensualidades de renta u otras cantidades (como luz, agua, etc.) simplemente porque el arrendador tiene el dinero de la fianza. Si el inquilino decidiera unilateralmente y antes de finalizar el contrato utilizar ese dinero para pagar la renta u otros gastos, estaría dejando el contrato sin la garantía de la fianza en la práctica.3. ¿En qué situaciones debe el arrendador devolver la fianza al inquilino?
El arrendador tiene la obligación de devolver la fianza en su totalidad al inquilino cuando este último haya cumplido con todas sus obligaciones al finalizar el contrato. En general, la fianza debe ser devuelta si el inquilino ha realizado todos los pagos y no ha causado ningún daño atribuible a su responsabilidad.-
Daños que requieren obras de conservación: Si se presentan daños en la propiedad que requieren reparaciones para que sea habitable, el arrendador debe asumir el costo de dichas reparaciones según lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En este caso, no se justifica retener la fianza.
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Pequeños daños por un uso normal de la propiedad: Si al finalizar el contrato, el arrendador identifica daños ocasionados por un uso normal de la propiedad, la responsabilidad de reparar dichos daños recae en el arrendador. En consecuencia, deberá devolver la fianza en su totalidad al inquilino. Solo se aplicará el artículo 21.4 de la LAU si el inquilino decide continuar utilizando la propiedad y opta por reparar voluntariamente los daños para su propio beneficio. Sin embargo, en este caso, no se retendrá la fianza, ya que se trata de un hecho ocurrido durante la vigencia del contrato de arrendamiento, no al finalizarlo.
4. ¿En qué situaciones puede el arrendador retener la fianza?
El arrendador tiene la posibilidad de retener la fianza cuando las obligaciones del inquilino no se han cumplido por completo, es decir, cuando existen obligaciones atribuibles al inquilino que no han sido satisfechas. En consecuencia, el arrendador puede retener la fianza en los siguientes casos:- Culpa o responsabilidad del inquilino en daños al inmueble: Si se puede demostrar que el inquilino es directa o indirectamente responsable de algún daño en el inmueble, el arrendador puede retener total o parcialmente la fianza para cubrir los costos de reparación. Esto se aplica cuando se puede probar que el inquilino fue negligente o culpable en la ocurrencia del daño.
- Daños que exceden el deterioro normal por uso: Si los daños observados en el inmueble van más allá del desgaste normal causado por el uso regular, la responsabilidad de reparar dichos daños recae en el inquilino. En este caso, el arrendador puede utilizar la fianza para cubrir los gastos de reparación.
- Existencia de deudas por parte del inquilino: Si el inquilino tiene deudas pendientes, el arrendador puede retener la fianza para compensar dichas deudas.
5. El desafío en la práctica
La problemática que surge en la práctica se presenta cuando el inquilino considera que ha cumplido con sus obligaciones, pero el arrendador no está de acuerdo y decide retener la fianza para cubrir los daños. Un ejemplo de esto ocurre cuando el arrendador considera que el inquilino no ha cumplido con su obligación de cuidar adecuadamente el inmueble, entregándolo en condiciones menos favorables de las que se encontraba al ser arrendado. En caso de que no haya un acuerdo entre ambas partes sobre quién es responsable y la cuantía de los daños, será el juez quien deba determinar si hubo incumplimiento por parte del inquilino. Es importante destacar que el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que si el arrendador tarda más de treinta días en devolver la cantidad correspondiente a la fianza al inquilino, esta cantidad devengará intereses legales. Sin embargo, esto no implica que el plazo para la devolución de la fianza sea de treinta días desde la entrega de las llaves. De hecho, la LAU no establece un plazo específico para dicha devolución.6. ¿Cómo se puede solicitar la devolución de la fianza en un contrato de alquiler?
A continuación, exploraremos los métodos que se pueden utilizar para solicitar la devolución de la fianza, ya sea en su totalidad o parcialmente.-
Comunicación escrita: El primer paso para reclamar la devolución de la fianza es enviar una comunicación escrita al propietario o administrador del inmueble. En esta comunicación, se debe solicitar formalmente la devolución de la fianza e incluir detalles relevantes, como la fecha de finalización del contrato y cualquier acuerdo previo sobre la devolución de la fianza.
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Burofax: En algunos casos, puede ser recomendable enviar un burofax, que es un método de comunicación certificado y con acuse de recibo. Esto proporciona una prueba fehaciente de que se ha realizado la solicitud de devolución de la fianza.
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Mediación: Si no se llega a un acuerdo con el propietario o administrador del inmueble, se puede considerar la mediación. Un mediador imparcial puede ayudar a facilitar la negociación entre ambas partes y encontrar una solución mutuamente aceptable.
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Reclamación legal: Si todas las opciones anteriores no tienen éxito, se puede recurrir a la vía legal. En este caso, se puede presentar una demanda ante los tribunales competentes para reclamar la devolución de la fianza. Es recomendable contar con asesoramiento legal en este proceso.
7. ¿Qué elementos debe incluir un modelo de devolución de fianza?
Al elaborar un escrito de solicitud de devolución de fianza, es importante tener en cuenta los siguientes elementos: Datos de las partes: Se deben incluir los nombres completos y las direcciones de ambas partes involucradas en el contrato de arrendamiento, es decir, el arrendador y el inquilino. Referencia al contrato: Es importante hacer referencia al contrato de arrendamiento inicial, indicando la fecha de inicio y la duración del mismo. Descripción de los desperfectos (si corresponde): En caso de que se hayan producido desperfectos durante el período de alquiler, se deben describir detalladamente en este apartado. Esto permitirá establecer si se realizarán descuentos en la devolución de la fianza y en qué cantidad. Determinación de la devolución: En función de lo establecido en el contrato, se debe determinar si la devolución de la fianza será total o parcial. Si no se han producido desperfectos, se puede indicar que la propiedad se encuentra en el mismo estado en el que fue entregada inicialmente, e incluso mencionar posibles mejoras realizadas. Descuentos de la fianza: En caso de que se hayan producido daños o impagos por parte del inquilino, el escrito debe contemplar los descuentos correspondientes en la devolución de la fianza. Esto debe estar respaldado por lo establecido en el contrato inicial.Preguntas Frecuentes
Valoraciones
Bien sin más
Son 2 páginas y está bien de precio. Tampoco mucho más que añadir.
Práctico y muy bueno
Me ha servido mucho para poder hacer la solicitud de forma formal. Añadí varios daños o desgastes que había habido, pero como estaban debidos al uso continuado del piso, pude conseguir la fianza de vuelta tras dejar mi piso. Me ha servido mucho y lo recomendaría a cualquier persona que tenga problemas para recibir la fianza de vuelta. Por el precio vale mucho la pena creo.
Lo usé para solicitar la devolución y de lujo
Llevaba alquilando mi apartamento durante varios años y decidí mudarme a un nuevo lugar. A pesar de haber cuidado bien el piso y cumplir con todo, el espabilado del propietario no quería devolvérmela por una tontería. Me sirvió sin burofax, pero se lo pasé firmado por mail e hizo la función. Está bien redactado y ha cumplido con su función.