Modelo Contrato Constitución Sociedad Civil (Actualizado 2024)
26,00 € El precio original era: 26,00 €.17,00 €El precio actual es: 17,00 €.
Características
Sobre la plantilla
Este modelo de contrato de constitución de Sociedad Civil ofrece una herramienta profesional y actualizada para formalizar la colaboración entre dos o más individuos que desean emprender conjuntamente una actividad económica. Diseñado por expertos en derecho societario, este documento establece un marco sólido para la creación de una Sociedad Civil, particularmente adecuada para pequeñas empresas que no requieren grandes inversiones y prefieren una gestión más sencilla. Su formato en Word permite una personalización detallada para adaptarse a las circunstancias específicas de cada emprendimiento, incluyendo la descripción precisa de la actividad del negocio, las aportaciones de cada socio (en dinero o en especie), el porcentaje de participación en pérdidas y ganancias, y el sistema de administración y representación.
Cláusulas que incluye
- Objeto
- Actividad económica
- Domicilio social
- Capital social
- Duración
- Derechos de los socios
- Transmisiones
- Cuentas anuales
- Junta General
- Administración de la Sociedad
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Impuesto sobre Actividades Económicas
- Disolución y liquidación
- Escritura Pública
- Jurisdicción y Ley Aplicable
Otros detalles
Formato | Microsoft Word |
Tiempo para rellenarlo | 8 minutos |
Número de descargas | +350 |
¿Por qué elegir Legalit.es?
✅ Experiencia profesional: Nuestros modelos están desarrollados por abogados especializados, garantizando su conformidad legal.
✅ Personalización sencilla: Plantillas fáciles de adaptar a tus circunstancias específicas.
✅ Ahorro de tiempo: Evita redactar desde cero utilizando nuestros modelos como base.
✅ Entrega inmediata: Descarga instantánea de documentos tras el pago.
✅ Actualizaciones constantes: Mantenemos nuestros documentos al día con la legislación vigente.
✅ Opciones de pago seguras: Múltiples métodos de pago confiables disponibles.
Acceso Inmediato a la Plantilla
- Posibilidad de Asesoramiento Personalizado por Abogados
- Plantilla Descargable y Modificable
- Pagos Seguros
Quizás pueda interesarte...
26,00 € El precio original era: 26,00 €.17,00 €El precio actual es: 17,00 €.
Si necesitas asesoramiento legal, te recomendamos contratar nuestro servicio de consulta legal. Podemos brindarte asistencia a través de videollamada, llamada telefónica o correo electrónico, según tu preferencia. Si tienes alguna duda o consulta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros por email a [email protected] o a través de WhatsApp. Estaremos encantados de ayudarte en todo lo que necesites.
Tabla de Contenidos
Toggle1. ¿Qué es una Sociedad Civil?
Una Sociedad Civil se configura como un contrato privado de colaboración entre dos o más individuos que desean emprender conjuntamente una actividad con el propósito de obtener beneficios económicos. ➡️ Los participantes en esta asociación tienen la opción de contribuir con su trabajo, convirtiéndose así en «socios industriales«, y/o aportar bienes o capital, lo que los convierte en «socios capitalistas«. A diferencia de las Comunidades de Bienes, la Sociedad Civil es particularmente recomendable para pequeñas empresas que no requieren grandes inversiones y donde se prefiere una gestión más sencilla. ✅ Aunque la Sociedad Civil también cuenta con un patrimonio compartido, se constituye expresamente para participar en el ámbito comercial y obtener ganancias, con cada socio aportando los recursos necesarios, ya sean bienes, capital o trabajo. Además, cabe destacar que, a partir de 2016, las Sociedades Civiles que llevan a cabo una actividad económica, es decir, una actividad comercial, deberán tributar a través del impuesto de sociedades, mientras que antes lo hacían bajo el régimen del IRPF. ✅ ¿Necesitas ayuda para constituir tu Sociedad Civil (S.C.)? ¡Estamos aquí para ayudarte! Ofrecemos un servicio especializado en la creación de sociedades en España. Te brindaremos apoyo integral durante todo el proceso, garantizando el cumplimiento de todos los trámites legales y resolviendo cualquier duda que puedas tener. Haz clic aquí para saber más.2. Características de las Sociedades Civiles
2.1. Contrato privado y elevación a público
La Sociedad Civil se destaca por ser un contrato privado que establece, entre otros, los siguientes elementos:- Los detalles de la actividad comercial.
- Las contribuciones de cada socio (tanto en dinero como en especie).
- El porcentaje de participación en las ganancias y pérdidas.
- El sistema de administración y representación.
- Las causas de liquidación y disolución.
2.2. Número mínimo de socios y su responsabilidad
La Sociedad Civil es una forma de organización que requiere un mínimo de dos socios para su constitución. En cuanto a la responsabilidad, los socios asumen una responsabilidad personal e ilimitada frente a las deudas con terceros. Esto implica que, en caso de que los activos de la sociedad no sean suficientes para cubrir las deudas pendientes, los socios responden de manera conjunta con todos sus bienes presentes y futuros ante los acreedores. Cada socio tiene la obligación de cumplir con las aportaciones estipuladas en el contrato y pagar los intereses correspondientes en caso de demora. Además, los socios asumen la responsabilidad por los daños o perjuicios que puedan causar. Por otra parte, la Sociedad Civil es responsable ante sus socios por las cantidades aportadas y las obligaciones contraídas. ✅ Si eres socio de una Sociedad Civil y deseas vender o adquirir participaciones de la misma, es necesario formalizar un contrato de compraventa de participaciones. En Legalit.es, contamos con un modelo de contrato disponible para ti: Descarga Contrato Compraventa Participaciones Sociedad Civil.2.3. Tributación
❗ En lo que respecta a la tributación, la Sociedad Civil está sujeta al Impuesto de Sociedades, lo que implica llevar una contabilidad similar a la de una Sociedad de Responsabilidad Limitada y presentar los libros y cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Sin embargo, es importante mencionar que hasta enero de 2016, los socios tributaban de manera individual y bajo el régimen de atribución de rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).2.4. Régimen de la Seguridad Social
En relación con el régimen de la Seguridad Social, los socios deben darse de alta como autónomos, salvo en casos excepcionales. Además, tienen derecho a beneficiarse de la tarifa plana si cumplen los requisitos establecidos.2.5. Formas de administración y representación
La Sociedad Civil ofrece diversas opciones para su administración y representación, como la figura del administrador único, administradores mancomunados (requiriendo la firma de todos) o administradores solidarios (donde la firma de uno es suficiente y obliga a la sociedad). ❗ En el supuesto de deudas contraídas por la sociedad con terceros, la administración deberá contar con los poderes necesarios para poder representarla.2.6. Ley aplicable
Es importante destacar que la Sociedad Civil carece de personalidad jurídica propia y se rige por el Código de Comercio en asuntos mercantiles, así como por el Código Civil en lo referente a derechos y obligaciones.3. Ventajas e Inconvenientes de la Sociedad Civil
3.1. Ventajas de la Sociedad Civil
- La constitución de una Sociedad Civil es más simple y más barata que una Sociedad de Responsabilidad Limitada, pues no será necesario efectuar una Escritura Pública ante notario ni inscribirla en el Registro Mercantil, excepto si existen aportaciones en forma de inmuebles o derechos reales. Además, tampoco se requiere una aportación de capital mínimo inicial.
- La contabilidad y fiscalidad de una Sociedad Civil es más simple que la de una Sociedad de Responsabilidad Limitada.
- Cabe la posibilidad de que los socios puedan cotizar bajo la tarifa plana y la cuota mínima en el Régimen de autónomos de la Seguridad Social. Además, pueden solicitar la capitalización del desempleo, si bien, esta opción también está disponible para los socios de una SL desde octubre de 2015.
- Es una opción rápida y sencilla para entablar una colaboración entre autónomos, en especial cuando la inversión requerida es pequeña.
3.2. Inconvenientes de la Sociedad Civil
- Los socios en una Sociedad Civil asumen una responsabilidad sin límites con relación a las obligaciones adquiridas con terceros. Esto implica que son personalmente responsables con sus activos actuales y futuros una vez que se haya liquidado el patrimonio de la sociedad, en caso el supuesto que este no sea suficiente como para poder cubrir las deudas contraídas.
- Una Sociedad Civil no proyecta la misma imagen de estabilidad y solidez que una sociedad de responsabilidad limitada.
4. Constitución de una Sociedad Civil
4.1. Formalización del contrato privado de constitución de la Sociedad Civil
El primer paso crucial para establecer una Sociedad Civil es llevar a cabo la formalización del contrato privado de constitución de la Sociedad Civil entre las partes. A partir de ese momento, los procedimientos necesarios para la creación de una Sociedad Civil son similares a los de otras formas jurídicas. ✅ En Legalit.es, podrás encontrar un modelo de contrato de Sociedad Civil: Descargar Modelo Contrato Constitución Sociedad Civil. ✅ ¿Necesitas ayuda para constituir tu Sociedad Civil (S.C.)? ¡Estamos aquí para ayudarte! Ofrecemos un servicio especializado en la creación de sociedades en España. Te brindaremos apoyo integral durante todo el proceso, garantizando el cumplimiento de todos los trámites legales y resolviendo cualquier duda que puedas tener. Haz clic aquí para saber más.4.2. Inscripción en Hacienda
Este proceso implica obtener el Número de Identificación Fiscal (NIF) y realizar el registro en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a través de la presentación del modelo 036.4.3. Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados
En el caso de que se realicen aportaciones de bienes, será necesario abonar el 1% del valor de dichos bienes como Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados.4.4. Alta en la Seguridad Social
Generalmente, será necesario darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Asimismo, si se planea contratar empleados, se debe solicitar el número de afiliación patronal correspondiente.4.5. Registro en el Ayuntamiento
En caso de ser necesario, se deberá obtener la licencia de apertura por parte del Ayuntamiento.5. Disolución de la Sociedad Civil
La disolución de una Sociedad Civil se lleva a cabo en tres etapas fundamentales. Cada uno de estos pasos está regido por una serie de requisitos legales que deben ser tenidos en cuenta y no deben ser pasados por alto.5.1. Acuerdo de disolución de la Sociedad Civil
La disolución de las Sociedades Civiles ocurre generalmente por acuerdo entre los socios. ❗ Antes de tomar una decisión, es importante que los socios consideren todas las implicaciones legales y financieras derivadas de la extinción de la sociedad, ya que en muchos casos puede ser suficiente con una suspensión temporal, dejando la posibilidad de reactivarla en el futuro sin llegar a disolverla. En caso de acordar su disolución definitiva, la Junta General deberá ratificar el acuerdo de disolución de la Sociedad Civil y, posteriormente, se deberá proceder a la liquidación de cualquier deuda pendiente de la Sociedad Civil. ✅ ¿Necesitas un contrato de disolución de Sociedad Civil? En Legalit.es podrás encontrar un modelo: Descargar Modelo Contrato Disolución Sociedad Civil.5.2. Liquidación de deudas y reparto de activos
➡️ En esta etapa, la sociedad aún dispone la posibilidad de reactivarse, ya que no está oficialmente extinguida. La liquidación normalmente se lleva a cabo en varios pasos consecutivos, comenzando con la necesidad de saldar todas las deudas que la sociedad tiene con terceros antes de proceder al reparto de los activos. ❗ En caso de no cumplir con esta obligación, los socios resultarían responsables con su propio patrimonio, incluso después de la extinción de la sociedad. El reparto de los activos entre los socios sigue las normas establecidas para las herencias (art. 1708, CC), tanto en cuanto a la forma como a las obligaciones resultantes. Durante esta fase, los administradores de la sociedad se convierten en «liquidadores» y se encargan de gestionar y supervisar todo el proceso de acuerdo con la legislación aplicable. Con el fin de pagar las deudas, se llevan a cabo las operaciones necesarias para convertir los activos de la sociedad en liquidez con la cual liquidar las deudas pendientes. Una vez que las deudas han sido liquidadas, se puede proceder al reparto de los activos restantes entre los socios según sus respectivas aportaciones iniciales. Además, se debe elaborar un Balance de Liquidación final, el cual refleja el activo final disponible, el cual deberá ser aprobado por la Junta General. A partir de ese balance, se realizan los pagos correspondientes a cada socio en forma de cuotas de liquidación, de acuerdo a su aportación patrimonial.5.3. Extinción
Una vez que se han resuelto todas las cuentas de la sociedad, se considera que la misma está disuelta. En caso de que todavía existan deudas debido a la falta de activos, son los socios quienes asumen la responsabilidad con su propio patrimonio una vez que la sociedad se ha extinguido. La extinción se produce con la inscripción en el Registro Mercantil Provincial correspondiente. En este proceso, se constatan los siguientes aspectos en una escritura pública:- Se ha finalizado el plazo establecido para impugnar el acuerdo que acepta el Balance de Liquidación Final sin que haya ninguna cuestión pendiente.
- Se han liquidado las deudas con los acreedores o se han solicitado los créditos necesarios para hacerles frente.
- Se determina la cuota de liquidación por socio.
6. Modificación de las Sociedades Civiles desde 2016
➡️ A partir de la reforma fiscal de 2014, se ha producido un cambio significativo en el tratamiento tributario de las Sociedades Civiles. Desde el 1 de enero de 2016, estas sociedades estuvieron obligadas a pagar el Impuesto de Sociedades. Antes de esta reforma, a pesar de ser llamadas «sociedades», las Sociedades Civiles no tenían personalidad jurídica propia y no se consideraban sociedades mercantiles. En consecuencia, sus socios debían pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) en régimen de atribución de rentas, en lugar de abonar el Impuesto de Sociedades. En otras palabras, anteriormente cada socio debía incluir en su declaración de la renta y en las declaraciones trimestrales de IRPF un porcentaje de los ingresos y gastos generados por la actividad económica realizada a través de la Sociedad Civil. A partir de este cambio fiscal significativo, los socios de una Sociedad Civil tuvieron que decidir si deseaban comenzar a tributar por el Impuesto de Sociedades, lo que implicaba llevar una contabilidad mercantil, lo cual también conlleva incurrir en mayores gastos de asesoría y adoptar un nuevo método para registrar y declarar los ingresos. ❗ Por otro lado, si los socios optaban por no tributar por el impuesto de sociedades, tenían hasta el primer semestre de 2016 para acordar la disolución y liquidación de la Sociedad Civil. Durante ese período, se beneficiaban de un régimen fiscal especial, continuando en el régimen de atribución de rentas del IRPF y aprovechando exenciones en el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITPAJD) y en la plusvalía, en caso de que existiera.7. Diferencia entre la Comunidad de Bienes (CB) y la Sociedad Civil (SC)
La Comunidad de Bienes y la Sociedad Civil son dos figuras empresariales con ciertas diferencias. ➡️ En primer lugar, la Sociedad Civil es una entidad constituida de manera expresa para llevar a cabo una actividad empresarial con el objetivo de obtener beneficios económicos. En cambio, la Comunidad de Bienes puede surgir de forma natural, como en el caso de dos personas que adquieren conjuntamente una propiedad. ➡️ En segundo lugar, la Sociedad Civil cuenta con personalidad jurídica propia, lo que significa que se considera una entidad distinta a sus socios y puede llevar a cabo actividades y contratos en su propio nombre. En cambio, la Comunidad de Bienes no posee personalidad jurídica propia y los comuneros son los que ostentan la propiedad de la cosa común. En resumen, mientras que la Sociedad Civil se constituye expresamente con el objetivo de obtener beneficios económicos y tiene personalidad jurídica propia, la comunidad de bienes puede surgir de forma natural y no cuenta con personalidad jurídica propia. ✅ Si tienes o estás interesado en constituir una comunidad de bienes, seguramente te resultarán útiles los siguientes artículos: «Constitución Comunidad Bienes» y «Disolución Comunidad Bienes«.Preguntas Frecuentes
Valoraciones
Útil
Lo recomiendo!!!
Como siempre todo perfecto
No es la primera ni la segunda vez que comprado algún modelo en la tienda, pero sí la primera vez que dejo mi opinión.
Compré este modelo porque un familiar mío directo estaba interesado en constituir este tipo de sociedad y necesitábamos un modelo para poder hacerlo por nosotros mismos sin intermediación.
Lo recomiendo totalmente, puesto que para nosotros ha sido una excelente inversión.
Deja tu opinión
¿Es Necesario un Abogado para Redactar Contratos o Escritos Legales?
¿Te has preguntado alguna vez si realmente necesitas un abogado para redactar un contrato o escrito legal? En Legalit.es, creemos firmemente que contar con asesoramiento legal profesional es fundamental para garantizar la solidez y eficacia de tus documentos legales.
Los contratos y otros escritos legales son mucho más que simples documentos, son herramientas legales poderosas que definen derechos, obligaciones y expectativas entre las partes involucradas. Un contrato u otro escrito legal bien redactado puede prevenir malentendidos, proteger tus intereses y proporcionar claridad en caso de disputas.
Aunque los acuerdos verbales pueden parecer suficientes en relaciones de confianza, la realidad es que pueden generar problemas significativos en el futuro. Un contrato escrito, redactado por profesionales, elimina ambigüedades y proporciona un marco legal sólido para tu acuerdo.
En Legalit.es, ofrecemos un servicio personalizado de redacción de contratos y todo tipo de documentos legales, adaptados a tus necesidades específicas.
¿Por Qué Elegir a Legalit.es para la Redacción de tus Contratos y Escritos Legales?
- Experiencia Legal Especializada: Nuestro equipo de abogados expertos garantiza que todo el contenido del documento en cuestión se ajuste a la legislación vigente y proteja tus intereses.
- Personalización: Cada documento elaborado por Legalit.es se adapta a tus necesidades específicas, evitando los riesgos asociados con plantillas genéricas o contratos «prefabricados».
- Ahorro de Tiempo y Recursos: Evita el estrés y los costos asociados con documentos mal redactados.
- Actualización Constante: Nos mantenemos al día con los cambios legales para asegurar que tus contratos o escritos legales cumplen siempre con la normativa más reciente.
Los Riesgos de No Contar con Asesoramiento Profesional
Recurrir a plantillas de internet o intentar redactar contratos o escritos legales sin experiencia profesional puede resultar en:
- Cláusulas ambiguas o contradictorias.
- Omisión de aspectos legales cruciales.
- Inclusión involuntaria de términos abusivos o ilegales.
- Vulnerabilidad ante posibles disputas legales.
Conclusión: Garantiza la Solidez Legal de tus Documentos con Legalit.es
Optar por la redacción profesional de contratos y documentos legales con Legalit.es es una inversión estratégica en la seguridad jurídica de tus acuerdos.
Nuestro equipo de expertos legales se dedica a elaborar documentos precisos y exhaustivos que salvaguardan tus intereses y establecen bases sólidas para tus relaciones comerciales y personales.
No dejes al azar la redacción de tus documentos legales cruciales. Confía en la experiencia y profesionalismo de Legalit.es para obtener contratos y escritos que realmente resguarden tus intereses.
Para descubrir cómo podemos fortalecer la base legal de tus acuerdos, contáctanos en [email protected]. Estamos listos para ayudarte a construir relaciones comerciales y personales sobre cimientos jurídicos sólidos y seguros.